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La Comisión Europea amplía al 30% el límite de la acumulación de las ayudas regionales al funcionamiento para las empresas canarias

Hasta ahora, la suma de ayudas derivadas de la aplicación de los incentivos fiscales de la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC), la Deducción por Inversiones en Canarias (DIC), la Zona Especial Canaria (ZEC), la bonificación por la producción de bienes corporales en Canarias, junto al Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías (AIEM) y las ayudas al transporte de mercancías industriales, no podían sobrepasar el límite del 17,5% del volumen de negocios anual del beneficiario obtenido en Canarias cuando se trataba de una entidad perteneciente al sector industrial, o del 10 % de dicho volumen de negocios, cuando la empresa correspondía a cualquier otro sector.

La modificación del Reglamento General de Exención por Categorías que se acaba de aprobar aumenta dicho límite hasta el 30% del volumen de negocios anual del beneficiario obtenido en Canarias para todos los sectores, y se aplica retroactivamente a partir del 1 de enero de 2015.